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Prescott, William Hickling, 1796-1859

"History of the Conquest of Peru; with a preliminary view of the civilization of the Incas"

Y por cuanto vos el dicho D.
Fernando de Luque nos disteis, y poneis de puesto por vuestra
parte en esta dicha compania para gastos de la armada y gente que
se hace para la dicha jornada y conquista del dicho reino del
Peru, veinte mil pesos en barras de oro y de a cuatrocientos y
cincuenta maravedis el peso, los cuales los recibimos luego en
las dichas barras de oro que pasaron de vuestro poder al nuestro
en presencia del escribano de esta carta, que lo valio y monto; y
yo Hernando del Castillo doy fe que los vide pesar los dichos
veinte mil pesos en las dichas barras de oro y lo recibieron en
mi presencia los dichos Capitan Francisco Pizarro y Diego de
Almagro, y se dieron por contentos y pagados de ella. Y nos los
dichos capitan Francisco Pizarro y Diego de Almagro, ponemos de
nuestra parte en esta dicha compania la merced que tenemos del
dicho senor gobernador, y que la dicha conquista y reino que
descubriremos de la tierra del dicho Peru, que en nombre de S.M.
nos ha hecho, y las demas mercedes que nos hiciere y acrescentare
S.M., y los de su consejo de las Indias de aqui adelante, para
que de todo goceis y hayais vuestra tercera parte, sin que en
cosa alguna hayamos de tener mas parte cada uno de nos, el uno
que el otro, sino que hayamos de todo ello partes iguales. Y mas
ponemos en esta dicha compania nuestras personas y el haber de
hacer la dicha conquista y descubrimiento con asistir con ellas
en la guerra todo el tiempo que se tardare en conquistar y ganar
y poblar el dicho reino del Peru, sin que por ello hayamos de
llevar ninguno ventaja y parte mas de la que vos el dicho don
Fernando de Luque llevaredes, que ha de ser por iguales partes
todos tres, asi de los aprovechamientos que con nuestras personas
tuvieremos, y ventajas de las partes que nos cupieren en la
guerra y en los despojos y ganancias y suertes que en la dicha
tierra del Peru hu bieremos y gozaremos, y nos cupieren por
cualquier via y forma que sea, asi a mi el dicho capitan
Francisco Pizarro como a mi Diego de Almagro, habeis de haber de
todo ello, y es vuestro, y os lo daremos bien y fielmente, sin
desfraudaros en cosa alguna de ello, la tercera parte, porque
desde ahora en lo que Dios nuestro Senor nos diere, decimos y
confesamos que es vuestro y de vuestros herederos y succesores,
de quien en esta dicha compania succediere y lo hubiere de haber,
en vuestro nombre se lo daremos, y le daremos cuenta de todo ello
a vos, y a vuestros succesores, quieta y pacificamente, sin
llevar mas parte cada uno de nos, que vos el dicho don Fernando
de Luque, y quien vuestro poder hubiere y le perteneciere; y asi
de cualquier dictado y estado de senorio perpetuo, o por tiempo
senalado que S.


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